BCB dice que cambio en reglamento de reservas es para precisar las fechas de cómputo de las RIN
El jueves se conoció sobre la resolución 148/2024 del BCB en el que modifican el Reglamento de Administración de Reservas Internacionales
El Banco Central de Bolivia desmintió, en una comunicación oficial, que la reciente resolución que modifica el Reglamento para la Administración de las Reservas tenga como objetivo la venta del mínimo de 22 toneladas de oro, como se establece por ley. Aclaró que el propósito de este documento es determinar las fechas para el cómputo de las reservas.
El comunicado señaló que la Resolución de Directorio N° 148/2024 fue emitida para especificar las fechas de cómputo (5 de mayo – 5 de noviembre de cada gestión) que el ente emisor debe reportar conforme a la Ley 1503.
El comunicado también menciona un extracto de la Ley de Compra de Oro, que establece que el Banco Central de Bolivia debe mantener un mínimo de 22 toneladas de reservas de oro de las Reservas Internacionales, conforme a un cálculo semestral a partir de la aprobación de esta legislación en mayo de 2023.
Al darse a conocer esta resolución, el economista José Gabriel Espinoza, quien es exdirector del ente emisor, comentó que esto sugiere la posibilidad de una venta de las reservas mínimas de oro, siempre y cuando se aseguren las reposiciones necesarias para mantener la cifra mínima en las fechas estipuladas.
La norma establece claramente que el Banco Central debe mantener un mínimo de 22 toneladas de reservas de oro, que deben ser contabilizadas semestralmente a partir de la entrada en vigencia de la ley.
Espinoza explicó que, según la interpretación del Banco Central, se espera que para cada 5 de mayo y 5 de noviembre, es decir, en intervalos de seis meses, el ente tenga al menos 22 toneladas disponibles. Esto implica que entre estas fechas, el Banco Central podría estar en condiciones de vender más oro del que originalmente se contemplaba como posible.