Cainco y Asosur abogan por la reglamentación ágil del decreto que autoriza la libre importación de combustibles
Desde Cainco esperan aportar con ideas técnicas para una reglamentación ágil de la norma, tema que prevé ser abordado este viernes en la reunión entre el presidente Arce y el sector agropecuario
En la antesala de la reunión que sostendrá el presidente Luis Arce Catacora con actores del sector productivo cruceño, crece la expectativa por la reglamentación del Decreto Supremo 5271, que permite la importación y comercialización de combustible por parte de personas e instituciones privadas.
Desde la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco), el presidente Jean Pierre Antelo exteriorizó que van a solicitar participar de la reglamentación para aportar con ideas técnicas y conseguir que la reglamentación sea rápida, ágil y que se aplique de manera sencilla y tomando en cuenta la realidad del país.
Antelo mencionó que se ha dado un paso importante y que es una buena señal. Resaltó la necesidad de acelerar el proceso de reglamentación, pues el combustible no era necesario para el hoy, sino para ayer. Hizo hincapié en que la urgencia no es solo del sector primario, sino también del industrial.
Por su parte, desde la Asociación de Surtidores Privados (Asosur) expresaron su deseo de que la norma sea reglamentada de acuerdo a los principios de legalidad y seguridad jurídica, según un comunicado difundido este viernes.
El reporte de Asosur indica que el sector de estaciones de servicio confía en que se permita la participación de los actores involucrados en el proceso de reglamentación, para beneficio de la población en su conjunto.
Asimismo, la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO) advirtió que la responsabilidad de la provisión de combustibles en Bolivia recae en el Gobierno nacional y en la empresa estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), para que los productores se enfoquen en la producción de alimentos.
Desde la CAO señalaron que su actividad es la producción de alimentos y que nunca han participado en la importación y comercialización de estos productos. La importación y comercialización libre dependerá de aquellos actores dedicados a esta actividad, siempre que las condiciones lo permitan.