Sentencian a Gonzalo Sánchez de Lozada a seis años y tres meses de cárcel por el caso Petrocontratos
Junto al expresidente otras tres exautoridades de su gobierno fueron sentenciados a cinco años de cárcel. Todos deben cumplir condena en la cárcel de Chonchocoro
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha emitido este lunes la lectura de la sentencia del juicio de responsabilidades contra Gonzalo Sánchez de Lozada y tres de sus exministros en relación al caso denominado Petrocontratos. Estos exfuncionarios enfrentaban acusaciones por incumplimiento de deberes y conducta antieconómica.
Según lo indicado en la sentencia leída por el magistrado Olvis Eguez Oliva, se ha decidido, por mayoría, declarar culpables a Gonzalo Daniel Sánchez de Lozada Bustamante, Jorge Joaquín Berindoague Alcocer, Carlos Alberto Contreras de Solar y Carlos Alberto López Quiroga, por la comisión de los mencionados delitos.
La sentencia establece que la pena para el expresidente es de seis años y tres meses, mientras que los otros tres imputados recibirán una condena de cinco años de prisión. El cumplimiento de la condena deberá realizarse en la cárcel de Chonchocoro, y el tiempo de la misma comenzará a contar una vez que se ejecuten los mandamientos de condena.
Además, la sentencia impone a los condenados el pago de costas del proceso judicial, aunque no se ha determinado el monto específico que cada uno deberá abonar. También se establece que los condenados estarán inhabilitados para ocupar cargos o empleos en el sector público durante un periodo de cinco años.
Proceso del 2005
El caso Petrocontratos fue activado en 2005, tras la denuncia de irregularidades en 107 contratos de comercialización y exploración de hidrocarburos, que se realizaron sin la autorización del Congreso, como lo exigía la anterior Constitución Política del Estado.
Estos contratos se firmaron con compañías petroleras transnacionales para la explotación de los recursos hidrocarburíferos del país.
En este proceso también figuraba Jorge Tuto Quiroga, quien decidió acogerse a un decreto de amnistía promulgado por Evo Morales en 2018, y por lo tanto, fue excluido del caso.