Decomisos: Esto es lo que debes saber sobre la “disposición séptima” del PGE que sectores económicos exigen sea abrogada
Empresarios, productores, gremiales y otros sectores económicos han exigido que la norma sea abrogada o se iniciarán movilizaciones a nivel nacional
Una disposición adicional incluida en el Presupuesto General del Estado 2025 ha llevado a los sectores económicos más relevantes a declarar una emergencia y amenazar con movilizaciones a nivel nacional hasta que se elimine esta norma. Esta disposición, conocida como la séptima, ya está en vigor y su aprobación generó controversia, dado que no fue avalada por la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Las claves para comprender la situación son las siguientes:
¿Qué dice la norma?
La disposición séptima de la ley 1363 del Presupuesto General del Estado, que comenzó a regir el 1 de enero de 2025, consta de dos parágrafos, el primero de los cuales es el más criticado:
“Con la finalidad de garantizar la disponibilidad y abastecimiento de alimentos esenciales, se faculta a las entidades competentes, activar acciones de control, fiscalización, confiscación y/o decomiso de productos, a los actores de comercialización de alimentos, que almacenen o retengan y/o pretendan encarecer los precios de los mismos”.
Además, la norma incluye un segundo parágrafo que establece que cualquier actor en la cadena productiva de alimentos esenciales “debe declarar, información de producción, transformación y comercialización, misma que tendrá calidad de declaración jurada y será tratada bajo el principio de confidencialidad”.
¿Por qué es una ley si no fue aprobada por la Asamblea Legislativa?
La vigencia de la disposición se debe a que fue incorporada en la única ley que, según la Constitución Política del Estado (CPE), puede aprobarse automáticamente si no es tratada en un tiempo determinado. El artículo 158 de la CPE establece que si el proyecto de ley del PGE no es aprobado dentro de un plazo de 60 días “se dará por aprobado”.
La división del Movimiento Al Socialismo en la Asamblea Legislativa impidió que el documento fuera discutido. Las disputas internas evitaron que se alcanzaran acuerdos para convocar a una sesión, y la oposición, minoritaria en ambas cámaras, no logró que se debatiera el proyecto de ley del PGE. En 2024, el Presupuesto General ya había entrado en vigencia automáticamente.
¿Cuál es el temor de los sectores económicos?
Los sectores económicos que rechazan la norma argumentan que el Gobierno aprovechó la posibilidad de aprobar una ley de forma automática para incluir una disposición que, en esencia, no está relacionada con el Presupuesto General del Estado, que es el documento que define los ingresos, gastos e inversiones del Estado para el año fiscal.
El constitucionalista José Luis Santistevan sostiene que la inclusión de esta disposición en la ley de presupuesto es ilegal. “Son inconstitucionales las leyes de presupuestos anuales que modifican leyes ordinarias y especiales en sus disposiciones adicionales, transitorias y finales”, afirma el experto, quien advierte que al tener una vigencia definida (un año) queda claro que hay otros asuntos que no deberían normarse, como en este caso el decomiso de productos.
Los empresarios, industriales, productores agropecuarios, gremiales, transportistas, exportadores y otros han manifestado su preocupación por la aplicación de esta norma, considerándola un “atentado a la economía”, ya que en la práctica permite que de forma discrecional cualquier funcionario, bajo el pretexto de “garantizar la disponibilidad y abastecimiento de alimentos”, pueda decomisar productos.
La disposición indica que “las entidades competentes” pueden activar acciones de control y decomiso. El Gobierno ha afirmado que se está trabajando en una reglamentación y ha pedido tranquilidad a los empresarios.
¿El Gobierno puede anular la disposición séptima?
No de manera directa. A pesar de no haber pasado por un tratamiento legislativo, el Presupuesto General del Estado, en el cual se encuentra la disposición séptima, tiene carácter de ley, por lo que solo la Asamblea Legislativa puede derogar esta parte específica de la norma.
Un ejemplo claro es lo que ocurrió con el Código del Sistema Penal, cuando el entonces gobierno de Evo Morales cedió a las protestas y envió un proyecto de ley para derogar la norma, aunque en ese caso se anuló toda la ley.